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Cuando muere un padre o una madre: los pasos sobre beneficios para la familia

En resumen: Por lo general, la funeraria le informa la muerte al Seguro Social; dele el número de Seguro Social de su padre o madre. Los beneficios no se pagan por el mes de la muerte, así que el pago que llega el mes siguiente se tiene que devolver. Un cónyuge sobreviviente puede recibir un pago único de $255 y beneficios mensuales de sobreviviente. Solicite los $255 dentro de los 2 años siguientes.

1. Avísele al Seguro Social

Por lo general, las funerarias informan las muertes al Seguro Social, así que normalmente usted no tiene que hacerlo. Dele al director de la funeraria el número de Seguro Social de su padre o madre.

Si no interviene una funeraria, o si no informa la muerte, llame al Seguro Social al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778), de lunes a viernes, de 8 a.m. a 7 p.m. Tenga a mano el nombre de la persona, su número de Seguro Social, su fecha de nacimiento y la fecha de la muerte. Hay ayuda en inglés, en español y en otros idiomas. El Seguro Social no acepta informes de muerte en línea ni por correo electrónico.

El Seguro Social se encarga de los informes de muerte tanto para el Seguro Social como para Medicare, así que no tiene que informar la muerte a Medicare por separado.

2. Devuelva los pagos del mes de la muerte y de los meses siguientes

El Seguro Social no paga beneficios por el mes en que muere una persona. Los beneficios se pagan con un mes de atraso, así que si su padre o madre murió en julio, el pago que llega en agosto es por julio y se tiene que devolver.

  • Depósito directo: avísele al banco lo antes posible. El banco devuelve los pagos hechos por el mes de la muerte y por los meses siguientes.
  • Cheque de papel: no lo cobre. Devuélvalo al Seguro Social.
  • SSI: se aplica lo mismo. Cualquier pago de SSI por los meses después de la muerte se tiene que devolver, y no se debe retirar el dinero depositado después de la muerte. Si el cónyuge de su padre o madre también recibe SSI, su cantidad puede cambiar, así que avísele al Seguro Social.

A los familiares que califican para beneficios de sobreviviente se les puede pagar por el mes de la muerte.

3. El pago único por muerte ($255)

El Seguro Social hace un pago único de $255 a:

  • el cónyuge sobreviviente que vivía con su padre o madre, o
  • un cónyuge sobreviviente que vivía aparte pero que puede recibir beneficios según el registro de trabajo de su padre o madre, o
  • si no hay cónyuge, un hijo que puede recibir beneficios según ese registro (por lo general, de 17 años o menos, de 18 o 19 años y estudiando a tiempo completo, o de cualquier edad con una discapacidad que empezó antes de los 22 años).

Solicítelo dentro de los 2 años después de la muerte, por teléfono al 1-800-772-1213 o por medio de una cuenta my Social Security.

4. Beneficios mensuales para el padre o la madre que sobrevive

Una viuda o un viudo puede recibir beneficios mensuales de sobreviviente si:

  • tiene 60 años o más (de 50 a 59 años si tiene una discapacidad), y
  • estuvo casado por lo menos 9 meses antes de la muerte, y
  • no se volvió a casar antes de los 60 años (50 si tiene una discapacidad).

Puede recibir beneficios a cualquier edad si cuida a un hijo del fallecido menor de 16 años o con una discapacidad. Los cónyuges divorciados también pueden calificar.

Los pagos de sobreviviente empiezan en el 71.5% del beneficio del cónyuge fallecido y suben al 100% a la plena edad de jubilación del sobreviviente. Si el padre o la madre que sobrevive ya recibe su propio beneficio, el Seguro Social paga el mayor de los dos, no los dos. Todos los detalles: Beneficios de sobreviviente.

5. La última declaración de impuestos

La última declaración federal de impuestos sobre los ingresos se prepara de la misma forma que cuando la persona estaba viva: se informan los ingresos hasta la fecha de la muerte y se reclaman los créditos y las deducciones para los que califica.

  • Por lo general, vence el 15 de abril del año después de la muerte, la misma fecha en que habría vencido de todos modos.
  • El representante personal (albacea) la presenta en el Formulario 1040 o 1040-SR. Un cónyuge sobreviviente puede presentar una declaración conjunta.
  • Para reclamar un reembolso, presente el Form 1310 junto con la declaración.
  • Si su padre o madre no había presentado declaraciones de años anteriores, es posible que también haya que presentarlas.

6. Si su padre o madre era veterano

Los beneficios de entierro de VA (el Departamento de Asuntos de Veteranos) pueden incluir:

  • una asignación para el entierro y una asignación para la parcela o la sepultura para ayudar con los costos del funeral y del entierro, y un pago por el traslado de los restos. Para una muerte el 1 de octubre de 2026 o después que no fue causada por el servicio militar, VA indica $1,032 para el entierro y $1,032 para una parcela. Solicítelo en línea o con el formulario 21P-530EZ de VA, por lo general dentro de los 2 años después del entierro. A un cónyuge sobreviviente que aparece en el perfil de VA del veterano se le paga automáticamente una cantidad fija.
  • el entierro en un cementerio nacional de VA (oficina de programación 1-800-535-1117).
  • una lápida, una placa o un medallón gratis (1-800-697-6947) y un Certificado Presidencial en Memoria (Presidential Memorial Certificate).
  • una bandera de los EE. UU. para el ataúd o la urna: solicítela con el formulario 27-2008 de VA por medio del director de la funeraria, una oficina regional de VA o una oficina de correos.
  • una pensión de sobreviviente o una compensación para el cónyuge sobreviviente o los hijos dependientes.

Línea de beneficios de VA: 1-800-827-1000.

7. Otras cosas que hacer

  • Guarde varias copias certificadas del certificado de defunción. Los bancos, las aseguradoras y los planes de pensión las piden.
  • Comuníquese con cualquier plan de pensión, con la compañía de seguro de vida y con el banco.
  • Si su padre o madre tenía un representante de beneficiario, o si usted era su representante, avísele al Seguro Social.
  • Esté atento al correo sobre Medicare o sobre un plan de medicamentos, y llame al plan si todavía se están cobrando primas.
  • Informe la muerte a los bancos y a las compañías de tarjetas de crédito.

Proteja la identidad de su padre o madre

A veces los ladrones usan la información de una persona fallecida. Para reducir el riesgo:

  • Envíele a cada una de las tres agencias de crédito (Equifax, Experian y TransUnion) una copia del certificado de defunción y pídales que pongan una "alerta de persona fallecida" en el informe de crédito de su padre o madre. Revise los informes para ver si hay actividad.
  • Limite los datos personales en el obituario, como la fecha de nacimiento o el apellido de soltera de la madre.
  • Presente la última declaración de impuestos de su padre o madre. Si el IRS le dice que ya se presentó una declaración a su nombre, puede presentar el Form 14039 (Declaración jurada de robo de identidad) en su nombre.

Ayuda gratis

  • Eldercare Locator: 1-800-677-1116, para ayuda local para el padre o la madre que sobrevive.
  • Revisión de beneficios: vea para qué podría calificar ahora el padre o la madre que sobrevive, por ejemplo SSI o ayuda con los costos de Medicare.

Vea para qué podría calificar

Fuentes

Última revisión de la página: 2026-10-18