Beneficios de cónyuge del Seguro Social
En resumen: Si su esposo o esposa recibe (o puede recibir) beneficios del Seguro Social, es posible que usted reciba un beneficio de cónyuge (spousal benefits) de hasta la mitad del beneficio completo de su cónyuge. Esto es así aunque usted nunca haya trabajado. Un excónyuge también puede calificar si el matrimonio duró 10 años o más. El pago de su cónyuge no se reduce.
Quién puede recibirlos
Cónyuge actual:
- Usted tiene 62 años o más, o cuida a un hijo de su cónyuge que tiene menos de 16 años o una discapacidad.
- Su cónyuge ya solicitó sus propios beneficios de jubilación o por incapacidad.
- Usted ha estado casado por lo menos 1 año (hay algunas excepciones).
Cónyuge divorciado:
- El matrimonio duró 10 años o más.
- Usted no está casado ahora. (Si se volvió a casar y ese matrimonio terminó, es posible que vuelva a calificar).
- Usted y su excónyuge tienen 62 años o más.
- Si lleva por lo menos 2 años divorciado, puede recibir beneficios aunque su excónyuge todavía no los haya solicitado.
- Su beneficio no afecta a su excónyuge ni a su cónyuge actual, y a ellos no se les avisa que usted presentó la solicitud.
Cuánto pagan
- A su plena edad de jubilación, un beneficio de cónyuge puede ser de hasta el 50% del beneficio completo de su cónyuge (la cantidad que recibiría a su plena edad de jubilación).
- Si empieza antes de su plena edad de jubilación, se reduce. A los 62 años, puede ser de solo un 32.5% del beneficio completo de su cónyuge, aproximadamente.
- Los beneficios de cónyuge no aumentan si espera después de su plena edad de jubilación. Esperar después de esa edad solo ayuda a su propio beneficio de jubilación.
- Si tiene su propio registro de trabajo, el Seguro Social le paga primero su propio beneficio. Si la mitad del beneficio de su cónyuge es mayor, recibe una cantidad adicional para completar la diferencia.
- Cuando solicita un beneficio, se considera que solicita los dos. No puede tomar solo el beneficio de cónyuge y guardar el suyo para más adelante.
Pensiones de empleos sin Seguro Social
Desde enero de 2025, una pensión del gobierno por un trabajo en el que no se pagaba el impuesto del Seguro Social ya no reduce los beneficios de cónyuge. Si en el pasado le redujeron o negaron su beneficio de cónyuge por esta razón, comuníquese con el Seguro Social.
Cómo solicitarlos
- En línea: ssa.gov/apply.
- Por teléfono: 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778), de lunes a viernes, de 8 a.m. a 7 p.m., hora local. Si lo necesita, pida un intérprete gratis.
- En persona: busque su oficina en ssa.gov/locator.
Qué debe tener a mano: su número de Seguro Social y su acta de nacimiento, el número de Seguro Social de su cónyuge, su acta de matrimonio y, si se trata de un excónyuge, la sentencia de divorcio y las fechas del matrimonio.
Cosas que la gente no sabe
- Muchos cónyuges divorciados no saben que califican. No necesita el permiso ni la ayuda de su excónyuge.
- Un cónyuge con un beneficio propio pequeño puede recibir de todos modos una cantidad adicional.
- Después de que muere el trabajador, el beneficio de cónyuge puede convertirse en un beneficio de sobreviviente mucho mayor. Avise al Seguro Social sobre la muerte.
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Fuentes
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